Según el Banco Central de Brasil, los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP) fueron clasificados como instituciones Tier 3 el 4 de julio de 2026, sometiéndolos a los mismos requisitos regulatorios que los corredores de valores y corredores de divisas según la Resolución 580/2026.
A partir del 1 de enero de 2027, las instituciones cubiertas deben cumplir con las reglas de gestión de riesgos, requisitos de capital y estándares de divulgación de información. Para el 30 de junio de 2028, todos los VASP, independientemente de su tamaño, serán reclasificados como instituciones Tier 4 y ya no serán elegibles para el régimen de cumplimiento simplificado aplicable a las instituciones Tier 5 de bajo riesgo.