ESMA ordena a empresas cripto no autorizadas liquidar antes de la fecha límite del 1 de julio de MiCA

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ordenó a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs) no autorizados que comiencen a cerrar sus operaciones en la UE antes de que finalice el período transitorio del Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA) el 1 de julio de 2026. ESMA emitió la orientación el 23 de junio, ya que algunos proveedores siguen sin autorización MiCA a pesar de continuar atendiendo a clientes de la UE bajo regímenes nacionales. Según el regulador, las empresas que no obtengan la autorización deben tomar medidas inmediatas para salir del mercado de manera ordenada, protegiendo los activos de los clientes y reduciendo los riesgos para la integridad del mercado.

ESMA Ordena a los CASPs No Autorizados Detener la Incorporación de Nuevos Clientes

Aunque se espera que muchos CASPs reciban autorización antes de la fecha límite, otros aún podrían estar operando sin las aprobaciones requeridas por MiCA. ESMA declaró: "ESMA espera que los CASPs no autorizados tomen medidas inmediatas para liquidar sus actividades en la UE de manera ordenada, salvaguardando al mismo tiempo los intereses de los clientes y mitigando los riesgos para la integridad del mercado."

ESMA coordina la implementación del marco MiCA en toda la Unión Europea. Desarrolla normas técnicas, emite orientaciones y promueve la convergencia supervisora, mientras que los reguladores nacionales autorizan y supervisan a los proveedores de servicios de criptoactivos.

Los proveedores no autorizados deben detener inmediatamente la incorporación de nuevos clientes de la UE, la apertura de nuevas cuentas, la comercialización de sus servicios y la captación de clientes. Deben limitar los servicios restantes a las actividades necesarias para que los clientes vendan o transfieran criptoactivos, reasignen tenencias o cierren posiciones antes de finalizar las operaciones. Los servicios de custodia pueden continuar solo durante el período estrictamente necesario para completar una salida ordenada.

Se Instruye a los Clientes a Verificar la Autorización del Proveedor en el Registro de ESMA

El regulador indicó a los proveedores que se comuniquen de manera clara, rápida y reiterada con los clientes minoristas e institucionales sobre los planes de liquidación, las medidas de protección de activos, las opciones de transferencia y los plazos para cerrar automáticamente cualquier posición restante.

ESMA advirtió: "ESMA recuerda a los clientes de CASPs no autorizados, ya sean entidades de la UE o no pertenecientes a la UE, que no se benefician de las salvaguardas de MiCA, incluidas las protecciones para los activos de los clientes."

Se alentó a los usuarios de criptoactivos a verificar si su proveedor aparece en el Registro de ESMA. Si un proveedor no está autorizado según MiCA, los clientes deben actuar con prontitud transfiriendo los criptoactivos a un CASP autorizado, cuando esté disponible, o a una billetera autogestionada. Los usuarios que experimenten dificultades deben contactar primero a su proveedor.

Los Planes de Liquidación Deben Mantener el Cumplimiento de AML/CFT Durante Todo el Proceso de Salida

Los planes de liquidación deben cumplir con las normas de conducta de la UE y nacionales, junto con los requisitos contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo. Los CASPs deben mantener la diligencia debida del cliente, el monitoreo de transacciones, el cribado de sanciones, la notificación de actividades sospechosas, las obligaciones de mantenimiento de registros y los controles de trazabilidad de las transferencias de criptoactivos durante todo el proceso.

Cuando las cuentas de clientes se trasladen a un CASP autorizado por MiCA, el proveedor receptor debe completar sus propios procedimientos de incorporación, incluida la diligencia debida del cliente y otros controles AML/CFT requeridos en el marco legal aplicable.

También se recordó a las empresas establecidas fuera de la Unión Europea que no pueden prestar servicios MiCA ni solicitar clientes de la UE, excepto bajo la estrecha exención de solicitud inversa del reglamento.

ESMA Coordina Acciones de Ejecución con las Autoridades Nacionales Después de la Fecha Límite

Se está coordinando con las Autoridades Nacionales Competentes para monitorear a los CASPs transfronterizos no autorizados significativos a medida que finaliza el período transitorio. Trabajando junto con la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y la Autoridad contra el Lavado de Dinero (AMLA), los reguladores pueden tomar acciones de ejecución coordinadas contra los proveedores no autorizados que continúen operando después del 1 de julio de 2026.

Preguntas Frecuentes

¿Qué instruyó ESMA a las empresas de criptoactivos no autorizadas el 23 de junio?

ESMA ordenó a los proveedores de servicios de criptoactivos no autorizados que comiencen a liquidar sus operaciones en la UE antes de que finalice el período transitorio de MiCA el 1 de julio de 2026. Las empresas deben detener inmediatamente la incorporación de nuevos clientes de la UE, la apertura de nuevas cuentas, la comercialización de sus servicios y la captación de clientes.

¿Cómo pueden los usuarios de criptoactivos verificar si su proveedor está autorizado por MiCA?

Los usuarios de criptoactivos deben verificar si su proveedor aparece en el Registro de ESMA. Si un proveedor no está autorizado según MiCA, los clientes deben transferir los criptoactivos a un CASP autorizado, cuando esté disponible, o a una billetera autogestionada.

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